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CABA: plan para refinanciar deudas de tarjetas
La Ciudad reglamentó el plan para refinanciar deudas de tarjetas y préstamos en mora: requisitos y beneficios
Qué es
El gobierno porteño reglamentó este lunes 13 de julio, a través del Boletín Oficial, la Ley N° 6.959, que crea el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal. La norma había sido sancionada por la Legislatura el 18 de junio y promulgada por el jefe de Gobierno, Jorge Macri, el 30 de ese mismo mes. Con la reglamentación ya publicada, el esquema queda formalmente en condiciones de ponerse en marcha a partir del 3 de agosto.
El objetivo es aliviar a las familias porteñas que acumularon atrasos en tarjetas de crédito o préstamos personales, en un contexto donde el fuerte regreso del crédito al consumo durante el último año y medio vino acompañado de un aumento gradual de la morosidad.
Cómo funciona
El programa permite refinanciar deudas originadas exclusivamente en tarjetas de crédito y préstamos personales otorgados por entidades financieras reguladas por el Banco Central. No es un crédito nuevo para gastar, sino una herramienta para reemplazar una deuda cara y en mora por un préstamo con mejores condiciones.
Las condiciones mínimas que deberán ofrecer los bancos son:
- Tasa Nominal Anual (TNA) fija máxima del 35%
- Plazo mínimo de devolución de 24 meses
- Los bancos pueden mejorar estas condiciones (tasas más bajas o plazos más largos) si lo desean
El Banco Ciudad será el encargado de implementar el programa de manera obligatoria. El resto de las entidades financieras, bancarias y no bancarias autorizadas por el BCRA, pueden adherirse voluntariamente con las mismas condiciones. Los interesados tendrán una ventana de 60 días desde la puesta en marcha para solicitar el beneficio.
Quiénes pueden acceder — los 5 requisitos
Para calificar, hay que cumplir simultáneamente con todos estos puntos:
- Tener deudas originadas únicamente en tarjetas de crédito y/o préstamos personales de entidades financieras.
- Registrar una situación de mora de entre 60 y 180 días según la Central de Deudores del Banco Central (categorías 2 o 3).
- Tener ingresos familiares inferiores a 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (un tope que ronda los $3,7 millones mensuales desde julio).
- Que la cuota de la deuda represente más del 30% de los ingresos del hogar.
- Acreditar una residencia mínima de dos años en la Ciudad de Buenos Aires.
Quiénes quedan excluidos
La ley prevé varias exclusiones puntuales, pensadas para que el beneficio llegue a sectores medios y medios-bajos en dificultades genuinas, y no a quienes tienen otro respaldo patrimonial. No podrán acceder quienes:
- Sean propietarios de más de un inmueble
- Tengan vehículos con menos de 5 años de antigüedad (salvo uso laboral acreditado)
- Posean embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios
- Cuenten con activos financieros superiores al monto de la deuda
- Hayan comprado dólares durante el período en que se generó la deuda a refinanciar
Quedan afuera, además, las deudas con billeteras virtuales o fintech, los préstamos prendarios o hipotecarios, y las deudas originadas en actividades comerciales o empresariales. Tampoco entran los casos de mora «irrecuperable» (más de un año), que suelen terminar en manos de estudios jurídicos para su cobro judicial.
El incentivo para que los bancos se sumen
Para motivar la adhesión voluntaria del resto del sistema financiero, la ley ofrece un beneficio fiscal: las entidades que participen accederán a una reducción del 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre los intereses que cobren por estos préstamos.
Pese a este incentivo, fuentes de distintos bancos consultadas por la prensa coincidieron en que la mayoría de las entidades privadas no tiene previsto sumarse por ahora, ya que ya vienen implementando sus propios programas de refinanciación para reducir la mora de sus carteras. Un banco privado señaló, de todos modos, que evalúa adherirse porque ya está refinanciando en valores similares y la devolución impositiva suma un aliciente extra.
El mecanismo de pago
Un detalle operativo relevante: la entidad que otorgue el préstamo podrá transferir el dinero directamente al banco acreedor original, para garantizar que los fondos se usen efectivamente para cancelar la deuda que motivó el beneficio, y no para otro destino.
El contexto que motivó la ley
La iniciativa —impulsada por el legislador Leandro Santoro y aprobada con 42 votos afirmativos y 8 abstenciones, con el rechazo de La Libertad Avanza— surge en un momento de morosidad récord en el sistema financiero argentino, producto de que el crédito al consumo volvió a crecer con fuerza en 2025 y en la primera mitad de 2026, de la mano de la desaceleración de la inflación y una mayor estabilidad macroeconómica. Esa expansión del crédito trajo aparejado un aumento en los atrasos de pago, sobre todo en tarjetas y préstamos personales.
En paralelo, hay más de 30 proyectos con un espíritu similar dando vueltas en el Congreso de la Nación, aunque con enfoques distintos —algunos plantean prohibiciones y limitaciones que generaron resistencia en el sector financiero—. El esquema porteño, en cambio, se apoya en la adhesión voluntaria y en incentivos fiscales, lo que lo hace más digerible para los bancos.
El impacto estimado
Según las estimaciones incluidas en el proyecto original, una familia con ingresos mensuales de $3,68 millones y una deuda equivalente al doble de ese monto podría lograr un ahorro cercano a $240.000 por mes, y un beneficio acumulado de aproximadamente $5,7 millones menos en intereses a lo largo del crédito.
En síntesis
- Es un programa de refinanciación, no de nuevos créditos para consumo.
- Arranca el 3 de agosto, con el Banco Ciudad como entidad obligada y el resto del sistema en adhesión voluntaria.
- Apunta a vecinos porteños de sectores medios y medios-bajos, con mora reciente (60 a 180 días) y sobreendeudamiento genuino.
- La tasa techo (35% TNA) y el plazo mínimo (24 meses) buscan bajar sensiblemente el costo financiero frente a las condiciones habituales del mercado de crédito al consumo.
Nota elaborada con información de Infobae, La Nación, El Cronista, El Economista, iProfesional y Agencia Noticias Argentinas, con datos al 13 de julio de 2026.