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RIMI, Todo sobre el Mini RIGI para pymes.

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Mini RIGI para pymes: qué es el RIMI, cómo funciona y cómo acceder a sus beneficios fiscales

El Gobierno reglamentó el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), apodado «Mini RIGI», para que micro, pequeñas y medianas empresas puedan acceder a beneficios tributarios concretos desde US$150.000 de inversión. Te explicamos todo lo que necesitás saber.


¿Qué es el RIMI y por qué lo llaman «Mini RIGI»?

El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) es un esquema de incentivos fiscales diseñado específicamente para el universo PyME argentino. Se lo conoce popularmente como «Mini RIGI» porque replica —a menor escala— la lógica del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), pero adaptado a empresas que no mueven cientos de millones de dólares.

El régimen fue creado por la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral, sancionada a comienzos de 2026, y reglamentado mediante el Decreto 242/2026 (publicado el 13 de abril de 2026). El marco operativo definitivo llegó el 19 de mayo de 2026 con la Resolución General Conjunta 5849/2026, firmada conjuntamente por ARCA, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, y la Secretaría de Energía.

El objetivo declarado del Gobierno es, según ARCA, «promover el desarrollo económico y de las cadenas de valor, fortalecer la competitividad de diversos sectores, favorecer la creación de empleo e incrementar las exportaciones».


¿A qué tipo de empresas está dirigido?

El RIMI apunta al universo completo de la economía argentina, no a un sector en particular. Los beneficiarios habilitados son:

  • Microempresas
  • Pequeñas empresas
  • Medianas empresas (Tramo I y Tramo II)
  • Asociaciones, fundaciones, mutuales y otras entidades civiles

Para poder acceder, las empresas deben cumplir dos condiciones básicas:

  1. Contar con el Certificado MiPyME vigente al primer día del mes en que se inicia el ejercicio fiscal correspondiente a la primera inversión.
  2. Estar registradas ante ARCA en las categorías habilitadas por la normativa.

Un punto clave: el RIMI es incompatible con el RIGI. Una empresa no puede utilizar ambos regímenes para las mismas inversiones.


¿Cuánto hay que invertir? Los montos mínimos por categoría

Los pisos de inversión varían según el tamaño de la empresa y deben computarse netos de IVA, acumulando todas las inversiones elegibles realizadas durante el período de vigencia del régimen (dos años). La conversión de facturas en pesos a dólares se hace al tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la fecha de la factura.

Categoría de empresa Monto mínimo de inversión
Microempresa USD 150.000
Pequeña empresa USD 600.000
Mediana empresa – Tramo I USD 3.500.000
Mediana empresa – Tramo II USD 9.000.000

Las empresas tienen dos años para concretar esas inversiones, plazo que comenzó a correr el 19 de mayo de 2026.

Excepciones: inversiones sin monto mínimo

Existe una categoría especial de inversiones que queda exenta del requisito de monto mínimo. Se trata de activos estratégicos que el Ejecutivo busca dinamizar de forma inmediata:

  • Sistemas y equipos de riego agrícola
  • Mallas antigranizo para el sector agropecuario
  • Bienes semovientes (animales de alta genética para reproducción)
  • Equipos de alta eficiencia energética: generación, almacenamiento y transporte de energía eléctrica renovable, y recambio de motores, bombas y equipos de refrigeración que reduzcan el consumo energético.

Para estas categorías, la amortización se realiza en tan solo un año.


¿Qué activos son elegibles?

El régimen aplica sobre:

  • Bienes muebles amortizables nuevos adquiridos, fabricados o importados en el país.
  • Obras de carácter productivo realizadas en el territorio nacional.

Quedan excluidos los activos usados o aquellos no vinculados directamente a la actividad productiva.


Los beneficios fiscales concretos: qué ganan las pymes

El RIMI ofrece dos herramientas tributarias principales que, en combinación, pueden mejorar significativamente el flujo de caja de un proyecto de inversión:

1. Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias

En lugar de amortizar un bien durante la vida útil estimada (que puede ser de 5, 10 o más años según el activo), el RIMI permite:

  • Bienes muebles amortizables en general: deducción en 2 cuotas anuales iguales y consecutivas (es decir, en solo 2 años).
  • Obras productivas: la vida útil se reduce al 60% de la estimada para el cálculo de la amortización.
  • Inversiones exceptuadas (riego, eficiencia energética, etc.): amortización en 1 año.

Esto significa que las empresas pueden deducir más rápido sus inversiones de la base imponible de Ganancias, reduciendo el impuesto a pagar en los primeros años.

2. Devolución anticipada de créditos fiscales de IVA

Los créditos fiscales de IVA generados por las inversiones productivas pueden solicitarse para su devolución a los 3 meses de haber sido computados, en lugar de quedar inmovilizados durante meses o años como ocurre en el esquema ordinario.

Esta devolución tiene un techo: está limitada al 50% del cupo anual previsto en la Ley de Presupuesto. La asignación se realiza por orden de antigüedad de los saldos y, a igual antigüedad, en forma proporcional a los montos.


¿Qué garantías y documentación exige el régimen?

El RIMI no exige garantías bancarias ni avales externos, pero sí impone una arquitectura de control y documentación estricta:

  • Sin deudas fiscales: ARCA verificará que no existan deudas líquidas y exigibles al momento de solicitar los beneficios. Cualquier deuda bloquea el acceso al régimen.
  • Documentación respaldatoria: las empresas deben demostrar que efectivamente realizaron las inversiones mediante facturas, contratos y comprobantes. Inversiones realizadas entre la entrada en vigencia de la Ley 27.802 (6 de marzo de 2026) y la publicación de la resolución conjunta también quedan incluidas, siempre que la documentación esté en regla.
  • Registro en el SGI: las empresas deberán inscribirse en el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), la plataforma web a través de la cual se registrarán proyectos, se seleccionarán beneficios y se tramitará la adhesión.
  • Certificado MiPyME vigente: es condición sine qua non para ingresar al régimen.

¿Qué pasa si hay incumplimientos?

Las consecuencias son severas. Si el Estado detecta incumplimientos —a través de auditorías de ARCA, Agricultura o Energía—, las empresas deberán:

  • Devolver los créditos fiscales de IVA obtenidos.
  • Reintegrar los impuestos no ingresados en Ganancias.
  • Pagar intereses y multas correspondientes.

La caducidad del régimen puede ser declarada por ARCA a partir de informes de las secretarías sectoriales.


¿Quién respalda el régimen? Las autoridades detrás del RIMI

La implementación del RIMI involucra a tres organismos del Estado nacional que actúan en conjunto:

  • ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), a cargo de la administración fiscal y el control del sistema. Representada por su director, Andrés Vázquez.
  • Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, liderada por Sergio Iraeta, con competencia sobre los bienes agropecuarios elegibles y facultades de auditoría sectorial.
  • Secretaría de Energía, a cargo de María Carmen Tettamanti, con competencia sobre los bienes de eficiencia energética y renovables.

Los tres organismos firmaron la Resolución General Conjunta 5849/2026 que puso al régimen «formalmente en condiciones de comenzar a operar», según destacó el tributarista Sebastián Domínguez.


Lo que aún falta: las piezas pendientes

A pesar de estar operativo desde el 19 de mayo de 2026, el RIMI todavía tiene aspectos no resueltos que generan incertidumbre en el sector:

  • El SGI no está implementado: ARCA aún no habilitó la plataforma digital para que las empresas puedan registrar sus proyectos y tramitar la adhesión.
  • Dudas sobre el mecanismo de devolución del IVA: los detalles operativos de cómo se tramitará y acreditará la devolución anticipada no están del todo definidos.
  • Umbrales potencialmente excluyentes: especialistas advierten que los pisos mínimos podrían dejar afuera a una parte importante de las micro y pequeñas empresas, que difícilmente alcancen los US$150.000 o US$600.000 de inversión en un período de dos años.

El contexto: por qué el Gobierno lanzó el RIMI ahora

El RIMI surge en un contexto de caída de la actividad económica y restricciones de financiamiento para las pymes. El sector empresario lo interpreta como un intento del Gobierno de generar incentivos focalizados en inversiones productivas de menor escala, reconociendo que el RIGI —con sus umbrales de cientos de millones de dólares— quedaba completamente fuera del alcance de la mayoría del tejido empresarial argentino.

En ese sentido, el RIMI no es un beneficio automático ni gratuito: exige una planificación tributaria, contable y legal alineada desde el primer día. La diferencia entre capturar el beneficio o perderlo —con costos de restitución, intereses y multas— depende de la calidad de la documentación y del cumplimiento estricto de los plazos.


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿El RIMI es solo para el sector agropecuario? No. Está diseñado para cualquier sector de la economía argentina. El agro tiene algunas ventajas adicionales (sin monto mínimo para ciertos bienes), pero el régimen es transversal.

¿Una empresa puede usar el RIMI y el RIGI al mismo tiempo? No. Son incompatibles para las mismas inversiones.

¿Las inversiones realizadas antes de la reglamentación pueden incluirse? Sí. Las inversiones realizadas desde el 6 de marzo de 2026 (entrada en vigencia de la Ley 27.802) quedan dentro del régimen, siempre que estén debidamente documentadas.

¿Cuándo vence el plazo para invertir? El plazo de dos años comenzó el 19 de mayo de 2026 y vence el 19 de mayo de 2028.


Fuentes

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