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Ley de Competitividad Financiera: qué cambia con la megareforma

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Ley de Competitividad Financiera: qué cambia con la megareforma

El Gobierno remitió a Diputados la Ley de Competitividad Financiera, un proyecto de 240 artículos que reescribe más de veinte normas del crédito, las garantías y el mercado de capitales. Habilita la tokenización de activos con blockchain, crea un registro nacional de garantías bajo control del Banco Central y flexibiliza instrumentos como pagarés, cheques y fondos de inversión. Incluye además el cambio en Ganancias que equipara los Cedears con las acciones del exterior, el punto que más repercusión tuvo, pero que es solo una pieza de la reforma.

El texto lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y de los ministros Luis Caputo, Federico Sturzenegger y Alejandra Monteoliva, y fue girado a las comisiones de Legislación General, Pequeñas y Medianas Empresas, Finanzas, y Presupuesto y Hacienda. Según el mensaje que lo acompaña, el objetivo es eliminar restricciones que obstaculizan la actividad económica, promover la competencia y reforzar la seguridad jurídica. El Ejecutivo sostiene que la reforma reducirá costos de transacción, ampliará el crédito y adaptará el sistema legal a la economía digital, y en su fundamentación compara el deterioro del mercado de capitales argentino frente al de la región en empresas listadas, capitalización bursátil y volumen negociado. La idea que resume la propuesta es la de “transformar capital muerto en garantías vivas”.

La iniciativa tiene antecedentes. Milei la había anticipado en julio, durante la cadena nacional en la que presentó la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, y el oficialismo la había marcado como prioridad legislativa en las últimas semanas. Además, la Comisión Nacional de Valores ya venía probando la tokenización en un entorno regulatorio de prueba, que prorrogó hasta fines de 2027. La reforma llega, entonces, a darle respaldo legal a un camino que el regulador ya había empezado a recorrer. Lo hace, además, en una jornada en la que el riesgo país tocó su mayor nivel en un año, con el mercado condicionado por las elecciones en Estados Unidos y el escenario global.

El eje más novedoso es la digitalización. El proyecto incorpora el principio de neutralidad tecnológica en el régimen de títulos valores, de modo que los derechos puedan instrumentarse tanto en soportes materiales como inmateriales, con reconocimiento expreso de los registros distribuidos como blockchain. En la Ley de Mercado de Capitales permite que todos los valores negociables se emitan, almacenen, transfieran y negocien con esas tecnologías, siempre que se aseguren condiciones de seguridad, inmutabilidad, trazabilidad e identificación del emisor, y sin la obligación de depositarlos en un agente central ni de negociarlos en mercados autorizados, aunque quedan bajo reglamentación de la CNV. Crea la categoría de Otros Ámbitos de Negociación Autorizados, donde podrán operar plataformas digitales y aplicaciones administradas por proveedores de servicios de activos virtuales habilitados por la CNV, y los valores negociados allí serán considerados, a todos los efectos, como operados en mercados autorizados. El reparto de competencias es claro: el Banco Central conserva el dinero y los pagos, y la CNV la emisión, el registro y la negociación de los valores tokenizados.

El segundo bloque apunta al crédito. La reforma amplía los bienes que pueden darse en prenda: activos virtuales, software, derechos de propiedad intelectual, acciones, cuotas sociales, participaciones en fondos y créditos futuros, y habilita una prenda flotante sobre inventarios, cobranzas, flujos futuros y saldos en cuentas. Elimina trabas históricas, como la necesidad de contar con la autorización del acreedor original para constituir nuevas prendas sobre un mismo bien, y permite órdenes judiciales de inmovilización o transferencia sobre billeteras digitales, exchanges y plataformas. La pieza central es el Sistema Federal de Registro de Garantías, una red nacional interoperable supervisada por el Banco Central, donde la prioridad de cada garantía se define por la fecha, hora, minuto y segundo de inscripción y la consulta de gravámenes será pública y gratuita. El BCRA tendría 180 días desde la promulgación para dictar las normas técnicas y el sistema debería estar operativo dentro de los 360 días.

También se modifican los instrumentos. Los pagarés y letras de cambio podrán incluir cláusulas de actualización basadas en índices o unidades de valor sin perder fuerza ejecutiva, y podrán comprometer la entrega de bienes como granos o minerales, siguiendo el modelo de la Cédula de Producto Rural de Brasil. Los certificados de plazo fijo de al menos 365 días podrán negociarse en mercados registrados, los cheques y los warrants se actualizan para operar con nuevos agentes autorizados por la CNV, y los emisores de tarjetas de crédito deberán generar títulos electrónicos sobre las ventas de los comercios, que se convertirían en activos negociables para financiarse. Los fondos comunes de inversión podrán representar sus cuotapartes digitalmente e invertir en activos virtuales según lo que defina la CNV; los fideicomisos financieros y las obligaciones negociables podrán tokenizarse; y el financiamiento colectivo pasa a un esquema de Agentes de Financiamiento Colectivo que admite instrumentos de deuda. También se flexibilizan beneficios para fideicomisos y fondos destinados al financiamiento inmobiliario y al crédito hipotecario.

Para las pymes, la Factura de Crédito Electrónica MiPyME extiende de 15 a 21 días el plazo de aceptación tácita y deja de perder fuerza ejecutiva por defectos en el remito, y se simplifican autorizaciones y requisitos de oferta pública. El Banco Central pasa a ser autoridad de aplicación de las Sociedades de Garantía Recíproca y de la factura electrónica, y el proyecto deroga la legislación de sociedades de capitalización y ahorro, la ley de Prenda Agraria y otras normas que, según el Gobierno, quedan absorbidas por el nuevo esquema.

En el plano tributario, el artículo 230 elimina la exención en Ganancias para los certificados de depósito, como los Cedears, adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, cuando el activo extranjero subyacente no gozara del beneficio de forma directa. La regla, que el proyecto llama transparencia fiscal, los equipara a la acción comprada en el exterior: quien venda con ganancia pagaría 15%, que según se informó se determinaría en moneda dura. El Gobierno argumenta que la redacción vigente generó una fisura que permitía usar la exención local para invertir en activos extranjeros, y que corregirla restaura la equidad y elimina un subsidio indirecto a la tenencia de activos externos. El antecedente más cercano está en Brasil, donde los BDR pagan 15% sobre la ganancia sin la exención de ventas pequeñas que sí tienen las acciones locales. El debate local girará en torno a si el cambio ordena el sistema o encarece un instrumento muy usado por el pequeño inversor, y a cuánto podrían recaudar, ya que el gravamen alcanza solo compras posteriores al corte y no hay estimaciones oficiales.

La reforma todavía no es ley. Debe pasar por cuatro comisiones de Diputados, puede sufrir cambios y, si se aprueba, entraría en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, aunque buena parte de su alcance real dependerá de la reglamentación de la CNV y del Banco Central. Los puntos a seguir son la protección del inversor en valores tokenizados que no pasan por un depositario central, la forma en que se ejecutarán las garantías sobre activos virtuales y el impacto sobre bancos y procesadoras de la obligación de crear títulos sobre las ventas con tarjeta. Es una reforma de fondo, pensada para cambiar la manera en que se financian empresas y comercios, y su aprobación definirá si la Argentina avanza hacia un mercado de capitales digital con respaldo legal.

Fuentes:
Parlamentario: https://www.parlamentario.com/2026/11/03/el-gobierno-envio-al-congreso-la-ley-de-competitividad-financiera-una-megareforma-de-240-articulos-para-transformar-el-credito-el-mercado-de-capitales-y-las-garantias/
Infobae: https://www.infobae.com/economia/2026/11/03/el-gobierno-envio-al-congreso-la-reforma-financiera-que-milei-anuncio-en-julio-pasado/
Informe Digital: https://informedigital.com.ar/milei-envio-una-reforma-financiera-que-habilito-cripto-y-blockchain/
Diario Río Negro (megareforma): https://www.rionegro.com.ar/economia/el-gobierno-envio-una-megareforma-del-mercado-de-capitales-al-congreso-como-afectaria-a-tarjetas-cheques-y-cedears-4783574/
Diario Río Negro (riesgo país): https://www.rionegro.com.ar/economia/el-riesgo-pais-toca-su-mayor-nivel-en-un-ano-este-martes-3-mientras-rebota-el-merval-y-los-adrs-operan-mixtos-4783409/
Bloomberg Línea: https://www.bloomberglinea.com/latinoamerica/argentina/gobierno-de-milei-impulsa-proyecto-para-gravar-cedears-con-impuesto-a-las-ganancias/
iProfesional: https://www.iprofesional.com/impuestos/468226-el-gobierno-presento-proyecto-para-alcanzar-con-ganancias-a-la-venta-de-cedears
Ámbito (CNV y tokenización): https://www.ambito.com/finanzas/la-cnv-lanzo-un-big-bang-desregulatorio-el-que-espera-fortalecer-el-mercado-capitales-n6272645
B3 (BDR en Brasil): https://borainvestir.b3.com.br/glossario/bdr/

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