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YPF. Burford: Cámara de Apelaciones de Nueva York cierra el paso.

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Golpe judicial a Burford: Cámara de Apelaciones de Nueva York cierra el paso y solo queda la Corte Suprema

Nueva York, 2 de junio de 2026 — En un nuevo capítulo decisivo del litigio por la estatización de YPF, la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York rechazó la apelación del fondo litigante Burford Capital, consolidando el fallo de marzo que revocó la condena de USD 16.100 millones contra Argentina. La resolución deja a Burford con una única vía de escape: la Corte Suprema de Estados Unidos, instancia que acepta menos del 2 % de los casos que recibe anualmente.
El director de YPF, Horacio Marín, celebró la decisión y destacó que el país evita un desembolso que, con intereses acumulados, ya superaba los USD 18.000 millones. «Es un alivio enorme para las finanzas públicas y para la petrolera», señalaron fuentes cercanas a la compañía.

Cronología del fallo: de la condena histórica a la revocación

El caso tuvo su origen en la expropiación del 51 % de YPF en abril de 2012, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. En 2015, Burford Capital —un fondo de litigios con sede en el Reino Unido— adquirió los derechos de demanda de las empresas Petersen Energía y Eton Park por €15,1 millones, apostando a una indemnización millonaria.
La trayectoria judicial fue vertiginosa:

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Fecha Instancia Resultado
Marzo 2023 Jueza Loretta Preska (1ra instancia) Argentina responsable, YPF eximida
Septiembre 2023 Sentencia definitiva Preska Condena de USD 16.100 millones + intereses
Enero 2024 Ejecutabilidad Preska habilita embargo de activos argentinos
Junio 2025 Preska ordena transferencia del 51 % de YPF Cámara de Apelaciones suspende la medida
Octubre 2025 Audiencia oral en apelación Jueces Chin, Cabranes y Robinson escuchan alegatos
Marzo 2026 Fallo de alzada Revocación total de la condena (2-1)
Junio 2026 Rechazo de apelación Burford Única vía: Corte Suprema

En el fallo de marzo de 2026, los jueces Denny Chin y Beth Robinson determinaron que Preska había interpretado erróneamente el derecho argentino: los estatutos de YPF no generan obligaciones contractuales bilaterales entre el Estado y accionistas minoritarios, y la Ley General de Expropiación argentina prohíbe expresamente acciones de terceros que interfieran con una expropiación

. El juez José Cabranes votó en disidencia, respaldando la posición original de Preska

.


¿Qué opciones le quedan a Burford?

Tras el rechazo de la Cámara de Apelaciones, Burford Capital tiene dos recursos teóricos, aunque ambos enfrentan probabilidades extremadamente bajas:

1. Petición de revisión en banc (en banc review)

Solicitar que el pleno de la Cámara del Segundo Circuito —todos sus jueces, no solo el panel de tres— revise el caso. Este mecanismo es discrecional y se concede solo cuando hay «importancia excepcional» o contradicción con fallos previos del mismo circuito. Los especialistas que siguen el expediente coinciden en que las chances son mínimas

.

2. Certiorari ante la Corte Suprema de Estados Unidos

El recurso más visible, pero también el más difícil. La Corte Suprema recibe entre 7.000 y 8.000 peticiones anuales y acepta revisar apenas alrededor de un centenar, generalmente vinculadas a cuestiones de derecho federal con amplias implicancias sistémicas

.

¿Cuáles son las chances reales?

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Factor Análisis
Materia del caso Interpretación del derecho privado y público argentino, no federal estadounidense
Precedente deseado por Burford Ninguno de trascendencia constitucional para el sistema jurídico de EE. UU.
Apoyo gubernamental El gobierno de Donald Trump se presentó como amicus curiae a favor de Argentina en instancias previas

Reacción del mercado Acciones de Burford se desplomaron 40 % en Wall Street tras el fallo de marzo

Los analistas judiciales consultados por Infobae y La Nación sostienen que un litigio centrado en la interpretación del derecho corporativo argentino «difícilmente cumpla el umbral» de interés federal que exige la Corte Suprema

. El abogado Sebastián Maril, especialista en el caso, había anticipado en octubre de 2024 que Argentina ya había perdido en la Cámara de Apelaciones y en la Corte Suprema en instancias previas, pero que esta vez el panorama era distinto

.


Impacto financiero y político

La resolución representa un respiro fiscal crítico para el gobierno de Javier Milei, que enfrenta un ajuste estructural y negociaciones con el Fondo Monetario Internacional. Horacio Marín, director de YPF, precisó que la decisión evita el pago de USD 16.000 millones más intereses, cifra que con la acumulación desde 2023 ya rondaba los USD 18.000 millones

.

El fallo también exime a YPF de toda responsabilidad, protegiendo el valor de la empresa que el Estado busca privatizar parcialmente. Las acciones de la petrolera subieron cerca de 5 % tras la revocación de marzo

.

Desde el punto de vista reputacional, la Cámara de Apelaciones fue explícita: aunque revocó la condena por inexistencia del remedio legal invocado, reconoció que Argentina violó los estatutos de YPF y que su negativa a cumplir promesas a inversores extranjeros «daña la credibilidad del país como destino de inversión»

.


Conclusión: ¿irá Burford a la Corte Suprema?

Todo indica que Burford Capital intentará el certiorari, dado que tiene poco que perder y mucho en juego: su modelo de negocio como fondo de litigios depende de victorias contundentes. Sin embargo, las probabilidades de éxito son marginales. La Corte Suprema de EE. UU. no funciona como una tercera instancia de fondo; selecciona casos que permiten uniformar interpretaciones constitucionales o federales de impacto nacional.
En este sentido, el fallo de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito —que ya es jurisprudencia vinculante en el circuito más importante del país para litigios internacionales— tiene todas las características de un cierre definitivo práctico, aunque no formal.

El caso retornará al juzgado de primera instancia para que la jueza Preska revise su decisión a la luz de los parámetros establecidos. Mientras tanto, Argentina y YPF ganan tiempo, aire fiscal y una victoria jurídica que Milei ya celebró en redes sociales como «histórica y sin precedentes»

.


Fuentes

: Página 12, «Estatización de YPF: la Justicia de EEUU revocó el fallo y Argentina no deberá pagar los 16 mil millones», 27 de marzo de 2026. Enlace

: Infobae, «Golpe de gracia a Burford en el caso YPF: rechazaron revisar el fallo que ganó Argentina y solo le queda ir a la Corte Suprema de EEUU», 2 de junio de 2026. Enlace

: Chequeado, «Claves para entender el fallo a favor de Argentina por la expropiación de YPF», 31 de marzo de 2023. Enlace

: Bloomberg Línea, «Cómo sigue el juicio de Burford contra Argentina por YPF, según Sebastián Maril», 16 de octubre de 2024. Enlace

: La Nación, «Nuevo revés para Burford: la Cámara de Nueva York suspende todas las apelaciones del juicio YPF», 13 de abril de 2026. Enlace

: La Voz del Interior, «Juicio por YPF: la Corte de Apelaciones de Nueva York rechazó la apelación del fondo Burford», 3 de junio de 2026. Enlace

: El Cronista, «Cronología completa del caso YPF vs. Burford Capital», 29 de marzo de 2026. Enlace

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YPF y Tesla: el acuerdo que cambia el mapa energético de Argentina

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El 16 de junio de 2026, el presidente de YPF, Horacio Marín, visitó la Gigafactory de Tesla en Texas y firmó un acuerdo marco con la compañía de Elon Musk para explorar oportunidades de colaboración en distintas unidades de negocios vinculadas a energía y movilidad. El Cronista

La firma corresponde a una carta de intención, un instrumento que permite iniciar negociaciones formales sin implicar compromisos financieros definitivos. Los Andes

Quiénes firmaron y quiénes estuvieron presentes

La carta fue firmada por Marín y el Regional Manager Charging – Emerging Markets de Tesla, Igor Antarov, mientras que en encuentros posteriores también participó Michael Snyder, VP of Energy and Charging de Tesla. Econojournal

Marín publicó en X: «Salí impresionado. Tecnología, innovación y ejecución conviven en una escala difícil de imaginar hasta que uno la ve de cerca.» Infobae


Los tres ejes del acuerdo

1. Red de cargadores eléctricos rápidos

Como primera medida, durante el segundo semestre de este año se desplegarán cargadores eléctricos rápidos en 17 estaciones de servicio de YPF, cubriendo corredores clave en el AMBA, el nodo Santa Fe-Rosario, la conexión Buenos Aires-Mendoza y puntos estratégicos de la Patagonia. El Diario de Carlos Paz

El primer cargador se instalará en Nordelta. La estrategia contempla la creación de tres corredores eléctricos: uno conectará el AMBA con el eje Rosario-Santa Fe; otro unirá Buenos Aires con Mendoza y provincias vecinas; y un tercero recorrerá la Patagonia hasta llegar a Ushuaia. Montevideo

La incorporación de los Superchargers de Tesla busca escalar la capacidad de la red existente de YPF Punto Eléctrico, que ya cuenta con más de 30 terminales de carga distribuidas en corredores estratégicos. Econojournal

2. Almacenamiento de energía

El segundo eje es el almacenamiento de energía. Tesla desarrolla baterías de gran escala para almacenar electricidad, estabilizar redes y administrar mejor la energía disponible en momentos de alta demanda. El acuerdo abre la puerta a soluciones para estaciones, industrias, redes de distribución y proyectos de renovables. Gentedesalta

3. Innovación tecnológica

El tercer punto, bajo el paraguas de innovación tecnológica, podría incluir sistemas digitales para gestionar cargas, herramientas de monitoreo energético, integración con aplicaciones, soluciones de abastecimiento inteligente y nuevos formatos de operación para estaciones de servicio. Gentedesalta


El proyecto más ambicioso: data center en Neuquén

Tesla y YPF mantienen conversaciones avanzadas para instalar un centro de datos en Neuquén, en un proyecto que involucraría infraestructura tecnológica de la firma estadounidense y energía provista por YPF Luz. La iniciativa podría enmarcarse en el régimen Súper RIGI y posicionaría a la provincia como polo de la economía digital regional. Realidad Sanmartinense

Para negociar el plan de asociación entre ambas llegará una delegación de Tesla en julio; visitará Buenos Aires y luego irá a Neuquén. «La idea es firmar un acuerdo los próximos meses. Es un proyecto que podría entrar al Súper RIGI», confiaron allegados. Infobae

De concretarse, la inversión podría ingresar en el denominado Súper RIGI, el esquema ampliado de incentivos para proyectos superiores a los 1.000 millones de dólares. Montevideo


Tesla desembarca formalmente en Argentina

Tesla ya designó a su country manager para Argentina y Uruguay: se trata de Joaquín Lizarralde, ex director comercial de Kavak, que antes pasó por RDA Mobility, con 12 años de carrera en la industria automotriz y marketplaces en Sudamérica. AIM Digital

Tesla desembarca oficialmente en la Argentina con oficina propia, un CEO ya designado y foco en la energía, ya que la importación local de sus vehículos eléctricos no se dará por el momento. Infobae


El factor geopolítico: la sombra de China

Musk mira al país con un foco estratégico y geopolítico que tiene nombre propio: China. El empresario está muy pendiente del despliegue de empresas chinas en el continente y cómo ganan terreno en rubros donde compite con ellos, como autos y tecnología. Infobae

La ciudad más austral del mundo, Ushuaia, es un objetivo concreto para Musk: «Quiere estar ahí cuanto antes, que Tesla tenga presencia concreta en el sur del sur», señalaron allegados a las negociaciones. Infobae


Contexto: una semana de máxima exposición para Musk

El acuerdo llega en una semana de máxima exposición internacional para Elon Musk. Días antes de la firma con YPF, SpaceX debutó en el Nasdaq en una de las salidas a bolsa más grandes de la historia, un salto que llevó la fortuna del empresario por encima del billón de dólares. Gentedesalta


Lo que todavía no está definido

El ejecutivo no precisó montos de inversión ni plazos concretos para la implementación de los proyectos contemplados en la carta de intención. La carta es un marco habilitante para negociar, no un compromiso financiero. Los números duros —especialmente para el data center— dependerán de la visita técnica prevista para julio y las negociaciones con el Súper RIGI. Infobae

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El «Big Bang» de Sturzenegger en el mercado de capitales

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La CNV publicó las Resoluciones Generales 1145/2026 y 1150/2026, activando lo que el sector financiero ya define como un «big bang» normativo. Se elimina la autorización previa para la gran mayoría de las emisiones de deuda, Fondos Comunes de Inversión y acciones por montos menores a 100 millones de UVAs —equivalentes a unos 130-140 millones de dólares. El cambio es estructural y promete transformar el acceso al financiamiento para empresas medianas, pymes y el sector agropecuario argentino.


Qué es el Régimen de Autorización Automática para Mediano Impacto Ampliado

La reforma se llama formalmente «Régimen de Autorización Automática para Mediano Impacto Ampliado». En lugar de requerir aprobación previa de la Comisión Nacional de Valores, las emisiones solo necesitan una presentación formal (filing), reduciendo drásticamente los tiempos administrativos.

Hasta ahora, emitir deuda, acciones o armar un fondo exigía un proceso burocrático que podía demorar meses. Con las nuevas resoluciones, alcanza con presentar la documentación correspondiente y el proceso avanza de forma automática. El impacto en términos de velocidad y costo de acceso al mercado es significativo.

El régimen alcanza a los siguientes instrumentos:

  • Obligaciones negociables (ON)
  • Acciones
  • Fondos comunes de inversión cerrados
  • Fondos fiduciarios

Por qué el campo nunca se financió con acciones

Federico Sturzenegger sintetizó el diagnóstico detrás de la reforma con una pregunta que viene haciéndose desde hace años: «Siempre me pregunté por qué el campo se financiaba con deuda, y nunca con acciones. Creo que era por la complejidad que había.»

La respuesta no es menor. El agro argentino históricamente recurrió a fideicomisos agropecuarios, deuda bancaria o financiamiento externo, evitando el mercado de capitales formal. La fricción regulatoria era tan alta que emitir acciones simplemente no valía la pena en términos de tiempo y recursos.

Con el nuevo esquema, una empresa agropecuaria mediana podría, en teoría, salir al mercado a buscar capital de riesgo sin atravesar meses de revisión administrativa. Eso cambia el cálculo costo-beneficio de manera sustancial.


Qué instrumentos cubre y cuáles son los límites

El umbral de 100 millones de UVAs —hoy equivalentes a aproximadamente 130-140 millones de dólares— define el alcance del régimen automático. Emisiones por encima de ese monto siguen requiriendo el proceso tradicional de autorización previa.

Dentro del límite, el régimen incluye:

Obligaciones negociables: el instrumento de deuda corporativa más usado por pymes argentinas en los últimos años, especialmente en el segmento PyME CNV.

Acciones: el más relevante conceptualmente, porque habilita a empresas a abrir su capital sin el proceso largo de una OPV tradicional.

Fondos comunes de inversión cerrados: vehículos usados frecuentemente para proyectos de infraestructura, real estate o agro, que ahora podrían lanzarse con mucha más agilidad.

Fondos fiduciarios: estructura habitual para financiar proyectos específicos con flujos de fondos predeterminados.


El impacto para las pymes argentinas

Para una pyme que quiere emitir una obligación negociable, el proceso anterior podía implicar meses de espera, honorarios legales significativos y una incertidumbre sobre el resultado que desincentivaba intentarlo. Muchas empresas directamente descartaban la opción.

Con el filing automático, el costo de entrada al mercado de capitales baja de manera sustancial. Esto se alinea con una tendencia global: mercados más profundos tienden a tener procesos de emisión más ágiles, donde la responsabilidad de análisis se distribuye entre el emisor, los colocadores y los inversores, en lugar de concentrarse en el regulador como filtro previo.

La CNV pasa de ser un guardián de acceso a ser un supervisor post-emisión, lo que representa un cambio filosófico importante en la relación entre regulador y mercado.


Las preguntas que quedan abiertas

La desregulación de la oferta no garantiza demanda. El mercado de capitales argentino tiene un problema histórico de profundidad: pocos inversores institucionales, años de cepo cambiario que limitaron el ingreso de capital extranjero, y una desconfianza estructural post-defaults que no se resuelve con un cambio normativo.

Agilizar la emisión resuelve la fricción del lado emisor. Pero el éxito de la reforma depende de si hay apetito inversor real para absorber esas emisiones, especialmente en instrumentos de equity —las acciones— donde el mercado local históricamente fue muy delgado.

También está la cuestión de la protección al inversor minorista. El proceso de autorización previa, aunque lento, cumplía una función de filtro: la CNV revisaba prospectos, estados contables y estructuras antes de que el público pudiera invertir. Con el filing automático, esa responsabilidad se corre hacia el emisor y hacia quien coloca el instrumento. Si aparecen casos de emisiones problemáticas, el debate sobre si la desregulación fue demasiado rápida va a estar sobre la mesa.


Qué sigue

La reforma es parte de una agenda desreguladora más amplia del gobierno de Milei, que en el área financiera apunta a reducir la intervención estatal en los procesos de mercado. La pregunta es si el ecosistema —estudios legales, agentes de colocación, inversores institucionales y empresas emisoras— puede adaptarse rápido a un nuevo paradigma donde la agilidad reemplaza a la certeza regulatoria previa.

Los próximos meses van a ser el verdadero test: cuántas empresas aprovechan la ventana, qué tipo de instrumentos dominan y si el agro —el sector mencionado explícitamente por Sturzenegger— efectivamente empieza a levantar capital vía acciones por primera vez en su historia reciente.


Fuentes:

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RIMI, Todo sobre el Mini RIGI para pymes.

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Mini RIGI para pymes: qué es el RIMI, cómo funciona y cómo acceder a sus beneficios fiscales

El Gobierno reglamentó el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), apodado «Mini RIGI», para que micro, pequeñas y medianas empresas puedan acceder a beneficios tributarios concretos desde US$150.000 de inversión. Te explicamos todo lo que necesitás saber.


¿Qué es el RIMI y por qué lo llaman «Mini RIGI»?

El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) es un esquema de incentivos fiscales diseñado específicamente para el universo PyME argentino. Se lo conoce popularmente como «Mini RIGI» porque replica —a menor escala— la lógica del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), pero adaptado a empresas que no mueven cientos de millones de dólares.

El régimen fue creado por la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral, sancionada a comienzos de 2026, y reglamentado mediante el Decreto 242/2026 (publicado el 13 de abril de 2026). El marco operativo definitivo llegó el 19 de mayo de 2026 con la Resolución General Conjunta 5849/2026, firmada conjuntamente por ARCA, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, y la Secretaría de Energía.

El objetivo declarado del Gobierno es, según ARCA, «promover el desarrollo económico y de las cadenas de valor, fortalecer la competitividad de diversos sectores, favorecer la creación de empleo e incrementar las exportaciones».


¿A qué tipo de empresas está dirigido?

El RIMI apunta al universo completo de la economía argentina, no a un sector en particular. Los beneficiarios habilitados son:

  • Microempresas
  • Pequeñas empresas
  • Medianas empresas (Tramo I y Tramo II)
  • Asociaciones, fundaciones, mutuales y otras entidades civiles

Para poder acceder, las empresas deben cumplir dos condiciones básicas:

  1. Contar con el Certificado MiPyME vigente al primer día del mes en que se inicia el ejercicio fiscal correspondiente a la primera inversión.
  2. Estar registradas ante ARCA en las categorías habilitadas por la normativa.

Un punto clave: el RIMI es incompatible con el RIGI. Una empresa no puede utilizar ambos regímenes para las mismas inversiones.


¿Cuánto hay que invertir? Los montos mínimos por categoría

Los pisos de inversión varían según el tamaño de la empresa y deben computarse netos de IVA, acumulando todas las inversiones elegibles realizadas durante el período de vigencia del régimen (dos años). La conversión de facturas en pesos a dólares se hace al tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la fecha de la factura.

Categoría de empresa Monto mínimo de inversión
Microempresa USD 150.000
Pequeña empresa USD 600.000
Mediana empresa – Tramo I USD 3.500.000
Mediana empresa – Tramo II USD 9.000.000

Las empresas tienen dos años para concretar esas inversiones, plazo que comenzó a correr el 19 de mayo de 2026.

Excepciones: inversiones sin monto mínimo

Existe una categoría especial de inversiones que queda exenta del requisito de monto mínimo. Se trata de activos estratégicos que el Ejecutivo busca dinamizar de forma inmediata:

  • Sistemas y equipos de riego agrícola
  • Mallas antigranizo para el sector agropecuario
  • Bienes semovientes (animales de alta genética para reproducción)
  • Equipos de alta eficiencia energética: generación, almacenamiento y transporte de energía eléctrica renovable, y recambio de motores, bombas y equipos de refrigeración que reduzcan el consumo energético.

Para estas categorías, la amortización se realiza en tan solo un año.


¿Qué activos son elegibles?

El régimen aplica sobre:

  • Bienes muebles amortizables nuevos adquiridos, fabricados o importados en el país.
  • Obras de carácter productivo realizadas en el territorio nacional.

Quedan excluidos los activos usados o aquellos no vinculados directamente a la actividad productiva.


Los beneficios fiscales concretos: qué ganan las pymes

El RIMI ofrece dos herramientas tributarias principales que, en combinación, pueden mejorar significativamente el flujo de caja de un proyecto de inversión:

1. Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias

En lugar de amortizar un bien durante la vida útil estimada (que puede ser de 5, 10 o más años según el activo), el RIMI permite:

  • Bienes muebles amortizables en general: deducción en 2 cuotas anuales iguales y consecutivas (es decir, en solo 2 años).
  • Obras productivas: la vida útil se reduce al 60% de la estimada para el cálculo de la amortización.
  • Inversiones exceptuadas (riego, eficiencia energética, etc.): amortización en 1 año.

Esto significa que las empresas pueden deducir más rápido sus inversiones de la base imponible de Ganancias, reduciendo el impuesto a pagar en los primeros años.

2. Devolución anticipada de créditos fiscales de IVA

Los créditos fiscales de IVA generados por las inversiones productivas pueden solicitarse para su devolución a los 3 meses de haber sido computados, en lugar de quedar inmovilizados durante meses o años como ocurre en el esquema ordinario.

Esta devolución tiene un techo: está limitada al 50% del cupo anual previsto en la Ley de Presupuesto. La asignación se realiza por orden de antigüedad de los saldos y, a igual antigüedad, en forma proporcional a los montos.


¿Qué garantías y documentación exige el régimen?

El RIMI no exige garantías bancarias ni avales externos, pero sí impone una arquitectura de control y documentación estricta:

  • Sin deudas fiscales: ARCA verificará que no existan deudas líquidas y exigibles al momento de solicitar los beneficios. Cualquier deuda bloquea el acceso al régimen.
  • Documentación respaldatoria: las empresas deben demostrar que efectivamente realizaron las inversiones mediante facturas, contratos y comprobantes. Inversiones realizadas entre la entrada en vigencia de la Ley 27.802 (6 de marzo de 2026) y la publicación de la resolución conjunta también quedan incluidas, siempre que la documentación esté en regla.
  • Registro en el SGI: las empresas deberán inscribirse en el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), la plataforma web a través de la cual se registrarán proyectos, se seleccionarán beneficios y se tramitará la adhesión.
  • Certificado MiPyME vigente: es condición sine qua non para ingresar al régimen.

¿Qué pasa si hay incumplimientos?

Las consecuencias son severas. Si el Estado detecta incumplimientos —a través de auditorías de ARCA, Agricultura o Energía—, las empresas deberán:

  • Devolver los créditos fiscales de IVA obtenidos.
  • Reintegrar los impuestos no ingresados en Ganancias.
  • Pagar intereses y multas correspondientes.

La caducidad del régimen puede ser declarada por ARCA a partir de informes de las secretarías sectoriales.


¿Quién respalda el régimen? Las autoridades detrás del RIMI

La implementación del RIMI involucra a tres organismos del Estado nacional que actúan en conjunto:

  • ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), a cargo de la administración fiscal y el control del sistema. Representada por su director, Andrés Vázquez.
  • Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, liderada por Sergio Iraeta, con competencia sobre los bienes agropecuarios elegibles y facultades de auditoría sectorial.
  • Secretaría de Energía, a cargo de María Carmen Tettamanti, con competencia sobre los bienes de eficiencia energética y renovables.

Los tres organismos firmaron la Resolución General Conjunta 5849/2026 que puso al régimen «formalmente en condiciones de comenzar a operar», según destacó el tributarista Sebastián Domínguez.


Lo que aún falta: las piezas pendientes

A pesar de estar operativo desde el 19 de mayo de 2026, el RIMI todavía tiene aspectos no resueltos que generan incertidumbre en el sector:

  • El SGI no está implementado: ARCA aún no habilitó la plataforma digital para que las empresas puedan registrar sus proyectos y tramitar la adhesión.
  • Dudas sobre el mecanismo de devolución del IVA: los detalles operativos de cómo se tramitará y acreditará la devolución anticipada no están del todo definidos.
  • Umbrales potencialmente excluyentes: especialistas advierten que los pisos mínimos podrían dejar afuera a una parte importante de las micro y pequeñas empresas, que difícilmente alcancen los US$150.000 o US$600.000 de inversión en un período de dos años.

El contexto: por qué el Gobierno lanzó el RIMI ahora

El RIMI surge en un contexto de caída de la actividad económica y restricciones de financiamiento para las pymes. El sector empresario lo interpreta como un intento del Gobierno de generar incentivos focalizados en inversiones productivas de menor escala, reconociendo que el RIGI —con sus umbrales de cientos de millones de dólares— quedaba completamente fuera del alcance de la mayoría del tejido empresarial argentino.

En ese sentido, el RIMI no es un beneficio automático ni gratuito: exige una planificación tributaria, contable y legal alineada desde el primer día. La diferencia entre capturar el beneficio o perderlo —con costos de restitución, intereses y multas— depende de la calidad de la documentación y del cumplimiento estricto de los plazos.


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿El RIMI es solo para el sector agropecuario? No. Está diseñado para cualquier sector de la economía argentina. El agro tiene algunas ventajas adicionales (sin monto mínimo para ciertos bienes), pero el régimen es transversal.

¿Una empresa puede usar el RIMI y el RIGI al mismo tiempo? No. Son incompatibles para las mismas inversiones.

¿Las inversiones realizadas antes de la reglamentación pueden incluirse? Sí. Las inversiones realizadas desde el 6 de marzo de 2026 (entrada en vigencia de la Ley 27.802) quedan dentro del régimen, siempre que estén debidamente documentadas.

¿Cuándo vence el plazo para invertir? El plazo de dos años comenzó el 19 de mayo de 2026 y vence el 19 de mayo de 2028.


Fuentes

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